Colorado Workers' Compensation Attorneys

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Кауфман

fairness

William Kaufman

Don Kaufman

Mathew Kaufman

Se Habla Espanol  Abogado de Glenwood Springs
Los Dos Ha Gana con Abogado Kaufman. Rafael DeSantiago after winning his case in Denver with his attorney Don Kaufman

Undocumented immigrants are human beings, too


my side
by Donald J. Kaufman

December 14, 2004

Apart from what you understand about legal or illegal immigration, we are a nation of immigrants. Not one individual reading this article is anthropologically entirely sired of native stock. Lost in the immigration debate is the truth that both documented and undocumented immigrants are human beings.

Nancy Myer hired a human being who did not speak any English to work as a cleaning lady. This human being is a Hispanic woman and did not have papers. Myer allowed her to work with her companyâ Busy Bee Cleaningâ for a great deal of time. Next, Myer decided not to pay her undocumented worker. Even more offensive to any decent person's sense of right and wrong, Myer then threatened the undocumented worker that she would call immigration, have her arrested, and deported if she "caused any problems." Contrary to the nonsensical opinion drafted by Marty Lich, Myer is devoid of any legitimacy. She is a predator who illegally takes advantage by willfully dealing in the trade of human exploitation and illegal labor.

Myer knew it was unlawful to hire an immigrant knowing the immigrant is unauthorized to work in the United States. She hired this undocumented immigrant explicitly because she could take advantage of the low cost of labor. There are about 10 million undocumented immigrants in the United States (according to the latest U.S. Census figures). Immigrants come to the United States to seek work.

Everyone agrees that the system is foul and corrupt when employers who follow the law cannot compete with the employers who break the law. How can the law-abiding cleaning company struggle to compete with Myer? Employers who play by the rules cannot compete in countless industries because of the prevailing immigration law insanity and the illegal employers who exploit. Even greater than the market exploitation by a small number of corrupt employers, we face a human rights crisis on the scale of slavery in this nation.

According to the Mexican government, over 2,000 human beings have died crossing the border since 1994. Abraham Lincoln said, "The institution of slavery is founded upon both injustice and bad policy." (March 3, 1837) Slavery is an order where work is done under harsh conditions for little or no pay. It is the most extreme, coercive, abusive, and inhumane form of legalized inequality, where people are treated as property. Our government recognizes property. Ten million human beings in our nation are not property. The American immigration policy that allows the cancer of exploitation of human immigrant labor to continue is both injustice and bad policy.

How can we in good conscience allow to continue this terrible hypocrisy in the law that punishes law-abiding employers and terrorizes the weakest, most vulnerable members of our community? Our existing immigration train wreck is bad for our economy, dreadful to our workers and horrific for employers who follow the law.

The illegal employer, Myer, being afforded all due process of all of our nation's laws, has been ordered by our local county court to pay wages for services performed by the undocumented worker she hired. The illegal employer, Myer, is in violation of that order. Let us not forget we lost 618,000 Americans in our own Civil War, which forever addressed the morality of not paying workers. I pray we never forget the wisdom of Lincoln. May we be a civilization of virtue and forever reject the Myer/Lich missive of human exploitation.



Donald J. Kaufman is an attorney with Kaufman & Kaufman LLC in Glenwood Springs. He speaks Spanish and represents Spanish-speaking clients. He handled the undocumented immigrant case Nicolasa vs. Nancy Myer on a pro-bono basis where the court ordered an employer to pay an undocumented worker for work performed. For more information, visit www.coloradoattorney.comDonald J. Kaufman is an attorney with Kaufman & Kaufman LLC in Glenwood Springs. He speaks Spanish and represents Spanish-speaking clients. He handled the undocumented immigrant case Nicolasa vs. Nancy Myer on a pro-bono basis where the court ordered an employer to pay an undocumented worker for work performed. For more information, visit www.coloradoattorney.com

Don and Diana kaufman glenwood
Donald J. Kaufman, Mt Sopris Un Abogado que habla Espanol. Servicio en su idioma!
La Oficina de Tribunales

Administrativos

(Office of Administrative Courts)

presenta

Así que, esta pensando sobre

representando usted mismo en

su caso de compensación

para trabajadores...

Este folleto està emitido solamente para

informaciòn. No obliga el juez

administrativo a una practica especifica

que describe en ello.

1

Su caso se oirá y será decidido por un juez

administrativo que trabaja para La Oficina de

Tribunales Administrativos (
Office ofAdministrative Courts--OAC). OAC es una agencia

independiente dentro el departamiento ejecutivo del

gobierno. OAC decide los casos para muchas agencias

del estado de Colorado, incluyendo la Divisiòn

de Compensaciòn para Trabajadores (
Division ofWorkers’ Compensation).

La información proporcionado en este folleto contiene

información general acerca de audiencias de

compensación para trabajadores. OAC proporciona

esta información para ayudarle en el proceso de

audencias de compensación para trabajadores. Esto

no es consejo legal. Todos los casos no son iguales

y su caso puede ser diferente. No es apropiado

hablar al juez ni al persona de OAC acerca de los

hechos de su caso ni para pidirlos para consejos

legales.

¿COMO CONSIGO YO UNA AUDIENCIA?

Si usted tiene asuntos disputados en su caso que

necesitan ser decididos por un juez, puede pedir una

audiencia formal de OAC. Puede llamar la OAC a

(303) 866-2000 o (303) 866-5881, o también,

puede llamar a la Oficina de Información y

Asistencia (
Customer Service Unit) en la Divisiòn

de Compensaciòn para Trabajadores, a (303) 318-

8700, para pedir una Aplicación para Audiencia

(
Application for Hearing/Notice to Set). También

puede obtener una copia de esta forma debajo de la

sección que se llama “forms” y después, “workers’

compensation”, en el website de OAC. Vea la última

página de este folleto para las direcciones del

website. Necesita llenar la información en el frente

de la forma con respecto a partidos y asuntos.

También usted debe adjuntar una copia de su

Reclamación Del Trabajador Para la Compensación

(
Worker's Claim for Compensation). Si usted es el

empleador en el caso, necesita archivar una

Respuesta a la Aplicación para Audiencia (
Response

to Application for Hearing) y adjuntar la última

Admisión de Obligacion (Admission of Liability), sihabía una. La Respuesta también está disponible

debajo de la sección “forms” en el website.

Si usted desea que OAC establesca su caso para oír,

marque la caja bajo la parte B (
Request for the OACto Set the Matter for Hearing) en el lado atrasado

de la forma. Si marque la parte B, no hay que completar

la parte C de la forma. Después de completar

la forma en su totalidad, mande la forma a la oficina

de OAC mas cerca de su residencia. Debe mandar

también, una copia al abogado para la companía

de seguros o el empleador, o directamente a ellos, si

no tienen a un abogado. OAC mandará una Noticia

para Establecer (
Notice to Set) a los partidos necesarios

y arreglará una fecha de audiencia para usted.

Si desea establecer el caso usted mismo, siga las

instrucciones en la aplicación en la parte C de la

forma.

Una vez que se ha puesto una fecha mutuamente

agradable para los dos partidos , OAC mandará una

Noticia de Audenica Formal (
Notice of Hearing).

Las audiencias se tienen en Denver, Alamosa,

Boulder, Fort Collins, Greeley, Colorado Springs,

Pueblo, Grand Junction, Durango, y Glenwood

Springs.

¿HAY UNA MANERA PARA

COMPROMETER EL CASO

SIN UNA AUDIENCIA?

Los casos a menudo se asientan sin ir a la

audiencia. Los partidos pueden discutir el arreglo, y

se puede liquidar en tiempo. Usted puede contactar

al abogado para el otro partido para ver si usted

puede llegar a un acuerdo. Usted puede solicitar

una conferencia de la liquidación en la Divisiòn de

Compensaciòn para Trabajadores (
Division ofWorkers’ Compensation) llamando a (303) 866-

5508. También puede solicitar una mediación

llamando a la Oficina de Información y Asistencia

2

(Customer Service Unit) a (303) 318-8700.

Las discusiones de la liquidación o mediación no

retrasen a su caso. Todas fechas topes en el caso se

quedan el mismo a menos que el juez los cambie.

¿QUE DEBO SABER ACERCA DE LA LEY Y

LAS REGLAS PROCESALES?

Usted debe obtener una copia del Acto de la

Compensación para Trabajadores’(
Workers’

Compensation Act), Artículos 40 a 47 del Título 8,

de los Colorado Revised Statutes, y Las Reglas del

Procedimiento de la Compensación para

Trabajadores, 7 CCR 1101-3, (
Workers’Compensation Rules of Procedure). El Acto está

disponible de la Divisiòn de Compensaciòn para

Trabajadores para un honorario pequeño. Para ver

las reglas en el website de la OAC: “clic” en el

botón que se llama “Hearings and Docketing”, y

después, “Procedures” y vea

“Workers’ Compensation Rules.”

¿QUE SUCEDE EN

LAAUDIENCIA ?

En los casos de compensación para trabajadores los

asuntos varian entre caso a caso. En la mayoría de

los casos, el empleado debe introducir la evidencia

para mostrar que él o ella tiene derecho a los beneficios

de la compensación. Generalmente, debe

mostrar que usted fue herido como resultado de

realizar los deberes de su empleo, y que tiene derecho

a los beneficios de la compensación de la companía

de seguros o su empleador, bajo la ley. Usted

tiene que presentar su evidencia primero en la audiencia,

y después, la compañía de seguros y el

empleador presentarán su evidencia.

Si la companía de seguros o el empleador ya estan

pagando los beneficios a usted y desean discontínuar

o reducirlos, el empleador o la companía de

seguros establecerán el caso para oír. Si eso sucede,

el empleador o la companía de seguros deben

mostrar el motivo apropiado para discontínuar o

3

reducir sus beneficios y ellos presentarán su evidencia

primero.

Usted entonces tendrá la oportunidad de presentar

la evidencia para mostrar que sus beneficios no se

deben reducir.

¿QUE CLASE DE EVIDENCIA NECESITARÉ

PARA LAAUDIENCIA?

Usted puede testificar en la audiencia, si ha sido listado

como un testigo en la aplicación por audiencia

o la respuesta. Usted puede traer también testigos a

la audiencia que tiene información acerca de los

hechos y asuntos implicado en el caso. Si hay documentos,

tal como cartas, los contratos, los archivos

del negocio, o los archivos médicos que ayudan a

demostrar su caso, traiga la original y por lo menos,

tres copias a la audiencia. Usted puede traer también

fotografías u otros artículos que relacionan a

su caso que usted quiere que el juez considere. Los

documentos, las fotografías, los archivos, y los

informes pueden ser considerados por el juez si

estan permitidos por el Acto de la Compensación

para los Trabajadores’o por las

Reglas de la Evidencia de

Colorado.

Usted debe dar los archivos, tal

como los archivos del médico y del hospital, los

archivos de su empleador, y los archivos vocacionales

al otro partido en el caso (a su abogado si

ellos tienen uno), por lo menos a 20 días antes de la

audiencia. Si no lo hace, el juez no puede considerar

los archivos ni los informes que no fueron dados

al otro partido. Hay que leer las reglas procesales y

seguir todos los ordenes hecho por el juez en una

conferencia de preaudiencia, si había una.

¿COMO CONSIGO LOS ARCHIVOS?

Primero, trate de obtener los documentos simplemente

por pidir el otro partido. Usted también tiene

el derecho de hacer una citación (subpoena) de

individuos, de los negocios, y de las agencias del

4

gobierno, a conseguir los archivos pertinentes u

otras cosas para ser producidos en la audiencia.

Contacte la OAC bien antes de la audiencia para

conseguir la forma de la citación. Usted debe

arreglar para el pago de los honorarios requeridos,

incluyendo el kilometraje, y tener una otra persona

para sirvir la citación por lo menos a 48 horas antes

de la audiencia, no contando los fines de semana y

las vacaciones. Usted puede también puede obtener

los archivos para el descubrimiento (discovery)

formal.

¿QUE ES “EL DESCUBRIMIENTO”?

El descubrimiento es una manera formal de

averiguar información acerca del caso del otro lado

antes de la audiencia. El descubrimiento incluye

deposiciones e interrogatorios. Deposiciones son las

declaraciones jurados de testigos tomados antes la

audiencia frente a un periodista de tribunal, y fuera

la presencia del juez. Los interrogatorios son

preguntas escritas que el otro partido debe contestar

en la escritura bajo el juramento.

Si usted no puede averiguar la información que

necesita por pedir al otro partido, puede mandar

interrogatorios escritos al otro partido. Los debe

mandar sólo al abogado para el otro partido si un

abogado los representa en el caso. Si ellos fallan de

contestar dentro de 20 días, usted puede archivar

una moción (motion) con el juez que requiere el

otro partido contestar a las preguntas o usted puede

solicitar una deposición de un testigo para averiguar

la información. Si usted quiere tomar la deposición

de un testigo, usted será responsable pagar

cualquier honorarios del testigo, los honorarios de

periodista de tribunal y otros gastos de la

deposición. Todo el descubrimiento se debe concluir

por lo menos a 20 días antes de la audiencia.

Tan pronto como reciba una solicitud de la

compañía de seguros o el empleador, debe

completar y devolver cualquiera solicita para

conseguir la información médica, financiera u otra

5

información requerida por la ley. A menos que un

juez ordene, usted puede, pero no es requerido, a

contestar ninguna pregunta escrita de la companía

de seguros ni el empleador. Sin embargo, si un juez

lo ordena contestar las preguntas escritas o se

somete a una deposición, usted debe obedecer. El

fracaso para el fallo de no obedecer una orden de

un juez puede resultar en la cancelación de la

audiencia o aún despido del reclamo. Hay que leer

los documentos que reciba para verificar el tiempo

que tiene para responder a cualquier solicitas del

descubrimiento.

¿COMO REQUIERO A UN TESTIGO VENIR

A LAAUDIENCIA?

Un testigo puede venir voluntariamente a la

audiencia; sin embargo, una citación (subpoena)

protege su derecho de obligar a esa persona

testificar si su testimonio es pertinente a su caso.

Contacte la OAC bien antes de la audiencia para

obtener una citación para requerir al testigo a

aparecer. Usted debe hacer los arreglos para pagar

los honorarios requeridos, incluyendo el kilometraje

a la vista, y tener otra persona para sirvir las

citaciones por lo menos a 48 horas antes de la

audiencia, no contando los fines de semana y las

vacaciones. Si usted notifica médicos o a otros

expertos, usted tendrá que pagar por su tiempo de

testificar en la audiencia así como su tiempo de

viajar a la audiencia.

¿ESTA BIEN TRAER CARTAS EN VEZ DE

TESTIGOS?

Por lo general, una declaración escrita por un

testigo que no esta presente en la audiencia no es

permitido. Sin embargo, los archivos del empleador

o de los médicos que estan dados al abogado

opuesto, (o a la companía de seguros o el

empleador si no tienen a ningún abogado), por lo

menos a 20 días antes de la vista, pueden ser

considerados por el juez si son presentados al juez

en la audiencia.

6

Recuerde: Esta audiencia es su oportunidad

para demonstrarle al juez que tiene derecho de

recibir beneficios de la compensación para

trabajadores bajo la ley. Es importante tener a

sus testigos presente en la audiencia para

testificar y dar los archivos médicos y del

empleador que sostienen su reclamo al juez en la

audiencia.

¿SI ME OLVIDO ALGO, LO PUEDO

MANDAR AL JUEZ LUEGO?

Su oportunidad de presentar la evidencia está en la

audiencia. Sólo en casos raros permitirá el juez

mandar la evidencia más tarde.

¿QUE PASA SI NECESITO A UN

INTERPRETE?

Si usted o un testigo necesitan a un intérprete del

idioma, usted debe arreglar para traer su propio

intérprete certificado. Normalmente, no es bueno

traer a un amigo ni el pariente para interpretar para

usted. Usted puede contactar al abogado para el

otro lado para ver si usted puede arreglar para un

intérprete o compartir un intérprete.

Si usted necesita a un intérprete del idioma del

signo, contacte la Oficina del Secretario del

Tribunal (Clerk’s Office) en la OAC.

¿SERÁ LA AUDIENCIA

ACCESIBLE PARA

LAS PERSONAS

CON INCAPACIDADES?

Los sitios de la audiencia son accesibles a personas

con incapacidades; sin embargo, hay que averiguar

con la OAC antes de la audencia para asegurar la

accessibilidad. Además, si conoce a personas que

estarán presente que tengan las necesidades

especiales que requieren el alojamiento razonable,

contacte la Oficina del Secretario del Corte (Clerk’s

Office) en la OAC tan pronto como posible para

hacer los arreglos.

7

¿QUE PASA SI NO PUEDO IR A

LAAUDENCIA EN EL DIA DESIGNADO?

Si usted no puede asistir la audiencia en la fecha y

el tiempo indicados, debe contactar el otro partido y

OAC tan pronto como sepa del problema. Contacte

el otro partido para ver si ellos

concordarán en cambiar la fecha de la audiencia. Si

ellos concuerden, puede llamar la OAC y obtener

una fecha nueva de la audiencia.

Si el otro partido no concuerde, contacte a OAC

inmediatamente. Usted puede pedir al juez para una

extensión de tiempo de empezar la audiencia, (eso

es, para una fecha nueva de la audiencia).

Usted debe mostrar causa suficiente para cambiar la

fecha de una audiencia. El más pronto que usted

haga su pedido, el más probable que se autorizará.

La causa suficiente se define en Las Reglas del

Procedimiento de la Compensación para

Trabajadores, 7 CCR 1101-3, (
Workers’Compensation Rules of Procedure). Se puede

conseguir acceso a las reglas en el website de la

División de Compensación Para Trabajadores. Vea

la última página de este folleto para direcciones al

website.

¿LAS AUDIENCIAS Y LOS ARCHIVOS SON

CONFIDENCIALES?

Las audiencias de la compensación para

trabajadores están abiertas al público, pero los

reclamos y archivos de los trabajadores particulares

no están abiertos al público. Si una audiencia o

archivo que normalmente estaría abierto al público,

contenga información sensitívo personal (tal como

los archivos médicos), un partido puede pedir que

el juez cierre la audiencia al público.

¿COMO SERÁ MI AUDIENCIA?

Su audiencia será muy semejante a un proceso en la

corte, con testigos, y los archivos presentado por

todos partidos. Un abogado puede representar el

8

otro partido. Usted puede ser representado por un

abogado o se puede representar a si mismo. Si usted

se representa, debe conocer el Acto de la

Compensación para los Trabajadores (
ColoradoWorkers’ Compensation Act), las Reglas del

Procedimiento de la Compensación para

Trabajadores (Workers’ Compensation Rules of

Procedure), y las Reglas de la Evidencia deColorado (Colorado Rules of Evidence). El juez

debe quedarse neutral, y no lo puede representar.

Es su responsibilidad decidir si empleará a un

abogado. La OAC no puede designar uno para

usted. Puede eligir representarse a si mismo, pero

un abogado puede ser más capaz de presentar su

caso.

La Asociación de Los Abogados de Colorado (
TheColorado Bar Association) mantiene una lista de

abogados que puede consultar sin costarse. Algunos

abogados le cargarán un honorario sólo si recupere

dinero en su caso.

Debe llegar temprano a su audiencia para que usted

y cualquier testigos puedan estar sentados en el sitio

donde habrá la audencia.

El juez puede grabar la audiencia, o un periodista

de la corte puede recordar todo que se dice en la

audiencia. Esto es importante porque el archivo de

la cinta, o el archivo recordado por el periodista del

tribunal, puede ser necesario si cualquier partido

quiere apelar la decisión del juez.

Cuándo empieza la audiencia, el juez puede

preguntar los partidos acerca de los asuntos que

piensan demonstrar. Cada partido entonces puede

introducir la evidencia pertinente para demostrar su

caso. La evidencia puede incluir el testimonio

tomado bajo el juramento o documentos tal como

archivos médicos o del empleador. A veces, se

pueden tomar deposiciones de médicos u otros

testigos. Una deposición es una declaración jurada

9

tomada antes un periodista de la corte fuera de la

audiencia, cuando todos los partidos han recibido

noticia de la deposición y han tenido la oportunidad

para estar presente. Las deposiciones se archivan

con el juez que los lee en vez de tener el testimonio

en la audiencia.

Cada partido se permite llamar testigos, que

tomarán un juramento a decir la verdad. Usted

puede llamar a testigos y puede testificarse. Si usted

llama a testigos, les puede preguntar acerca de los

hechos de su caso (examación directa--direct

examination). Después que se termine haciendo

preguntas, el abogado para el otro partido hará

preguntas (contrainterrogar--cross examination).

Usted entonces puede preguntar más preguntas

acerca de asuntos planteados por el otro partido

(repreguntar--redirect).

Cualquier partido puede objetar a documentos, y no

se considerarán a menos que se conformen con el

Acto de la Compensación para los Trabajadores, o

las Reglas de la Evidencia de Colorado. El juez

decidirá si va a permitir los documentos en la

evidencia.

Si usted testifica, el juez puede hacer algunas

preguntas. Usted puede hacer también una

declaración. Entonces el otro partido hará preguntas

a usted (contrainterrogar--cross examination).

Tendrá una oportunidad de hacer otra declaración

para responder a las preguntas del otro partido.

Pueden llamar testigos de refutación después que

los dos partidos han presentado sus casos. Los

testigos de refutación pueden sólo testificar a los

asuntos ya planteado por el otro partido. Por lo

general, pocas audiencias implican a testigos de

refutación.

10

11

Al fin de oir todo el testimonio y recibir todos los

documentos, el juez puede permitir cada partido

hacer un argumento final. Argumentos finales sólo

pueden tratar los hechos presentaron en el

testimonio de los testigos o en documentos de

prueba recibidos en la evidencia. El argumento final

no es una oportunidad de testificar y usted no puede

mencionar las cosas que no se recibieron en la

evidencia. A veces el juez puede permitir los

partidos para hacer un argumento final en la

escritura después de la audiencia.

Antes de completar la audiencia, debe someterse

toda la evidencia que usted quiere que el juez

considere.

¿QUE PASA SI NO VOY A LAAUDIENCIA?

Si usted solicita una audencia en un caso de la

compensación para trabajadores y no la asiste, una

orden se publicará requiriendo que explique la

razón por no estar presente. Si no muestra la causa

buena para su ausencia, su caso se puede despedir.

Si el otro partido solicitó la audiencia y usted no

aparece, probablemente la audiencia avanzará sin

usted o su evidencia y el juez gobernará en el caso.

¿CUANDO OBTENDRÉ UNA DECISION?

Después de que los argumentos finales se han

presentados, la audiencia se concluye. El juez puede

publicar una resolución al fin de la audiencia o el

juez tendrá que revisar la evidencia. Si el juez tiene

que revisar la evidencia, el juez publicará una orden

escrita dentro de 30 días después de la audiencia.

¿PUEDO APELAR LA DECISION DEL JUEZ?

Si usted quiere apelar después de recibir la orden

del juez, debe archivar una Petición para Revisar

(Petition to Review) con el juez dentro de 20 días

después de la fecha en que la orden fue enviado por

correo. Este límite es muy importante:
Si usted no

archive una Petición para Revisar en el tiempo

designado, puede perder el derecho de apelar.

Si usted necesita toda o una parte de la

transcripción de la audiencia para su apelación,

debe ordenar la transcripción cuando archive la

Petición para Revisar. Usted tendrá que pagar para

la transcripción, cuando ordene la transcripción. Si

apele la orden, no tendrá otra audiencia. En vez de

eso, será requerido a someterse su argumento en un

breve (brief) argumento escrito. Usted será

notificado del horario para escribir su breve

argumento. El archivo entonces será mandado a la

Oficina Industrial de Apelaciones de Reclamo

(
Industrial Claim Appeals Office) en el

Departamento del Labor y Empleo de Colorado

(Colorado Department of Labor and Employment).

LAS OFICINAS

Office of Administrative Courts

633 17th St., Suite 1300

Denver, CO 80202-3660

(303) 866-2000

Division of Administrative Hearings

222 S. 6th St., Room 414

Grand Junction, CO 81501

(970) 248-7340

Division of Administrative Hearings

1259 Lake Plaza Drive, Suite 210

Colorado Springs, CO 80906

(719) 576-2958

Division of Workers’ Compensation

633 17th St., Suite 400

Denver, CO 80202-3660

(303) 318-8700

LOS WEBSITES

Division of Workers’ Compensation website:

http://www.coworkforce.com/dwc/

Office of Administrative Courts website:

http://www.colorado.gov/dpa/oac/

El Acto de la Compensación Para Trabajadores y Las

Reglas del Procedimiento de la Compensación para

Trabajadores pueden ser conseguidos en el website de

la Division de Compensación Para Trabajadores.


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